Mi Blog

by Victoria Balaguer

Entra en vigor la reforma sobre diseños en la UE tras casi 20 años sin cambios

A partir del 1 de mayo de 2025 comenzarán a aplicarse diversas modificaciones contempladas en el nuevo Reglamento de la Unión Europea sobre diseños (Reglamento UE 2024/2822), el cual incorpora también las novedades establecidas por la Directiva UE 2024/2823.

Esta Directiva, que deberá ser transpuesta por todos los Estados miembros antes del 9 de diciembre de 2027, introduce importantes cambios respecto a la normativa anterior, entre los que destacan:

  • Actualización de las definiciones de dibujo y modelo (diseño) y de producto, incluyendo los diseños que no están incorporados a productos físicos. En este sentido, la Directiva diferencia entre diseños aplicados a productos físicos, diseños visualizados en un gráfico, y aquellos que se perciben a través de la disposición espacial de elementos destinados a formar un entorno interior o exterior. Además, se reconoce que las animaciones —incluyendo movimientos o transiciones— pueden contribuir a la apariencia de los diseños.
  • Se establece que cualquier creación, descarga, copia y puesta a disposición de soportes o software que permitan registrar el diseño con el fin de reproducir ilícitamente un producto que infrinja el diseño protegido requerirá la autorización del titular del derecho. Esta medida pretende dotar a los titulares de medios eficaces para combatir la copia no autorizada de diseños, especialmente ante los retos derivados de la expansión de tecnologías como la impresión 3D y la inteligencia artificial.
  • Se introducen nuevas limitaciones específicas al derecho sobre los diseños, permitiendo el uso referencial en publicidad comparativa, así como para comentarios, críticas o parodias. Estas excepciones serán válidas siempre que sean coherentes con las prácticas comerciales leales y no afecten negativamente la
    explotación normal del diseño protegido.
  • Se incorpora la posibilidad de presentar solicitudes múltiples que combinen diversos diseños destinados a cualquier tipo de producto, sin necesidad de que pertenezcan a una misma categoría según la Clasificación Internacional de Dibujos o Modelos Industriales (Clasificación de Locarno, Arreglo de 1968).
  • Se contempla la opción de aplazar la publicación de los diseños, exigiendo que la regulación sobre este aplazamiento sea uniforme en todos los Estados miembros.


Por otra parte, entre los cambios adicionales que entrarán en vigor también el 1 de mayo
de 2025, el nuevo Reglamento UE establece:

  • La sustitución del término “dibujo o modelo comunitario” por “diseño de la Unión Europea”.
  • La denominación “tribunal de dibujos y modelos comunitarios” pasa a denominarse “tribunal de diseños de la UE”.
  • La obligatoriedad de presentar las solicitudes de registro de diseños de la UE exclusivamente ante la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO).
  • La comunicación y notificación deberán realizarse únicamente por medios electrónicos.
  • La inclusión directa, en un anexo, de las tasas aplicables a los trámites  relacionados con la protección de los diseños de la UE.

Otros artículos de interés...

Todo lo que necesitas saber sobre marcas, creatividad y traducciones juradas.